
Programa para empleadas domésticas con un subsidio a empleadores
Desde Casa Rosada y tras el encuentro que mantuvieron con el presidente Alberto Fernández, acompañaron durante el anuncio a Moroni y Gómez Alcorta, el presidente del Banco Nación, Eduardo Hecker, y la responsable de la Afip, Mercedes Marcó del Pont.
El programa consiste en el pago por parte del Estado de entre el 30 y 50% del salario durante 6 meses a cambio de que el empleador registre a la trabajadora y abone el porcentaje del sueldo restante, los aportes y las contribuciones de jubilación, la ART (Riesgos del Trabajo) y la obra social.
El pago de la mitad del sueldo que pondrá el Estado, llegará a las empleadas domésticas a través de cuentas-sueldo que serán abiertas en el Banco Nación. Y el proceso de registro se hará online a través de la Afip.
Los puntos principales del Programa son:
La inscripción al Programa debe ser solicitada por la parte empleadora y está abierta hasta el 31 de diciembre del 2021.
Es por las trabajadoras con más de de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora.
Comprende a las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales” .
Los empleadores podrán registrar solamente a una trabajadora.
Subsidio: para la parte empleadora cuyo ingreso mensual no supere el 70% del mínimo no imponible de ganancias (actualmente $117.374 ) será del 50% de la remuneración neta mensual según el convenio colectivo del sector. Cuando el ingreso se ubique entre el 70% y 100% del mínimo no imponible de Ganancias será del 30% de la remuneración neta mensual.
En todos los casos, el beneficio no podrá superar los $15.000 mensuales.
El Programa es incompatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Potenciar Trabajo y otros.
No es compatible con pensiones no contributivas por invalidez, madres de 7 o más hijos y vejez. La transferencia monetaria por parte del Estado dura 6 meses.
El empleador debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza inferior al piso salarial de Ganancias ($175.000). El empleador está obligado a mantener el puesto de trabajo 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.